Verbal:
Es el que se hace de voz con la otra persona, con indicación del
pago por parte del empleador y la actividad que deberá desarrollar el
trabajador. El contrato verbal tendrá el mismo valor que un contrato
escrito.
Ten en cuenta que lo contratos verbales se consideran como contratos de
trabajo a término indefinido.
Escrito:
Será el documento firmado por las personas que harán parte del
contrato y deberá contener como mínimo unas cláusulas o indicaciones
enumeradas y clasificadas que mencionen:
a) Identificación y domicilio del Empleador y trabajador
b) El lugar y la fecha de su celebración
c) El lugar donde se haya contratado el trabajador y en donde haya de
prestar el servicio
d) La naturaleza del trabajo
e) El valor del salario o remuneración
f) Formas y periodos de pagos
g) Tiempo de duración del contrato, o la mención de que es por tiempo
indefinido
Si eres trabajador tienes derecho a que se te entregue una copia del contrato.
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